Debida diligencia sobre empresas y personas con problemas penales

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  • #6299
    CAMILO ENCISO
    Participante

      Algunas situaciones que también les preocupan a algunos oficiales de cumplimiento son las relaciones con contrapartes que tienen procesos de investigación penal abiertos por asuntos relacionados con temas de corrupción o delitos conexos a lavado de activos y donde no existen aún condenas.

      ¿Hasta donde el Oficial de Cumplimiento puede promover la limitación del vínculo con la contraparte cuando existen definiciones de carácter estatutario que indican que esta limitación está supeditada a la existencia de procesos condenatorios?

      ¿Cómo opera esto en el caso de las empresas del Estado?

      #6304
      Yurani Ramos
      Participante

        Precisamente el Oficial de Cumplimiento es designado por la junta directiva u órgano equivalente; tendrá un cargo de nivel directivo o similar en rango según la estructura organizacional de la entidad; gozará de autonomía y capacidad decisoria para dar su punto de vista en estos casos, teniendo en cuenta también lo que disponga el Manual de SARLAFT o LA/FT/FPADM.

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